Concurso
2004
Reglamento Oficial al 28 de Junio 2004 Las eventuales modificaciones al presente Reglamento posteriores al 28 de junio 2004, se publican en el sitio web del Fondo (www.FondoMinkaChorlavi.org) Tabla de Contenidos 1. El presente Reglamento del Fondo Mink'a de Chorlaví (en adelante, el Fondo) establece las reglas y procedimientos para la realización de los Concursos de Proyectos del Fondo y para la ejecución de los proyectos que sean co-financiados por el mismo. La versión oficial del presente documento es la publicada en el Sitio Web del Fondo (http://www.FondoMinkaChorlavi.org), incluyendo los cambios que el Consejo del Fondo estime necesario incorporar en cualquier momento. 2. El objetivo general del Fondo Mink'a de Chorlaví es facilitar procesos de aprendizaje que mejoren la calidad y la efectividad de las intervenciones públicas y privadas tendientes a disminuir la pobreza rural, modificar los sistemas de exclusión, mejorar el manejo de los recursos naturales, y promover el desarrollo rural sustentable. A través de la articulación entre el mundo experiencial y aquel en el que se institucionalizan las lecciones. 3. Cada propuesta deberá incluir necesariamente una Organización Coordinadora, y podrá (sin ser una exigencia obligatoria) además incluir una o más Organizaciones Co-ejecutoras. La Organización Coordinadora es aquella que: (i) representa ante el Fondo al conjunto de las organizaciones que se han reunido para diseñar y ejecutar el proyecto, (ii) suscribe el Contrato si la propuesta resulta ganadora, y, en consecuencia, es legalmente responsable de su cumplimiento, (iii) recibe los recursos de co-financiamiento aportados por el Fondo y es responsable de su administración y de la rendición de cuentas, y (iv) es responsable de la presentación de informes. 4. Puede participar en las propuestas de proyecto presentadas a los Concursos del Fondo, cualquier organización pública o privada que tenga personalidad jurídica en cualquiera de los países de América Latina y el Caribe. Las Organizaciones Coordinadoras de cada proyecto, no podrán ser entidades con fines de lucro. Sin embargo, estas organizaciones sí podrán participar como Organizaciones Co-ejecutoras. 5. Una misma organización, participando como Organización Coordinadora, solo puede adjudicarse un máximo de un proyecto en cada Concurso. Si una misma Organización Coordinadora presenta dos o más propuestas a un mismo Concurso, como máximo solo podrá resultar elegida una sola de dichas propuestas para recibir el apoyo del Fondo. Una misma organización puede participar como Organización Co-ejecutora en cuantos proyectos estime conveniente. Una misma organización puede ser Organización Coordinadora de un proyecto, y Organización Co-Ejecutora de uno o mas proyectos adicionales. 6. Las organizaciones que participen en los proyectos presentados a los Concursos del Fondo, sean en calidad de coordinadoras de los proyectos o de co-ejecutoras, se obligan por el solo hecho de postular a acatar lo dispuesto en este Reglamento, en la Convocatoria a Concurso, y en los Contratos que eventualmente se suscriban para la implementación de los proyectos. Especialmente, dichas organizaciones se obligan a ejecutar los proyectos en concordancia con la propuesta presentada al Concurso y a participar activamente en las actividades de análisis comparativo y comunicación de resultados, que se llevarán a cabo como parte del Ciclo de Concurso. V. SOBRE LA RECEPCIÓN DE CONSULTAS 7. Una vez publicados el Reglamento y la Convocatoria a Concurso, y hasta 20 días antes de la fecha definida como plazo final para la entrega de las propuestas, los interesados podrán hacer consultas pidiendo aclarar aspectos específicos del Reglamento o de la Convocatoria. Las consultas se deben dirigir a la dirección indicada en el Sitio Web del Fondo y al final del presente Reglamento. Las consultas y las respuestas a las mismas serán publicadas en el Sitio Web del Fondo. 8. No se responderán consultas que apunten a solicitar de parte del Fondo una opinión sobre la elegibilidad, contenido o calidad de una propuesta en particular. 9. La propuesta debe utilizar obligatoriamente el siguiente formato: (a) Portada. Una página con: (i) El título del proyecto; (ii) el nombre completo, la sigla y el país de la Organización Coordinadora del proyecto; (iii) el nombre completo de la persona responsable por la propuesta en la Organización Coordinadora, así como su dirección postal, teléfono, fax y correo electrónico; (iv) si corresponde, el nombre completo, la sigla y el país de cada una de las Organizaciones Co-Ejecutoras del proyecto. (b) Resumen ejecutivo. El resumen deberá incluir una síntesis de: (i) la justificación del proyecto (¿Por qué es importante hacer este proyecto?); (ii) sus beneficiarios directos e indirectos (¿Quién tiene interés en el proyecto?); (iii) los objetivos y productos esperados (¿Qué resultados ofrece el proyecto?), y; (iv) la metodología (¿Cómo se va a llegar a dichos resultados?). Asimismo, en un párrafo breve se deberá señalar el costo total del proyecto y el monto total del co-financiamiento solicitado al Fondo, en dólares USA, así como el plazo total contemplado para la realización del proyecto, en meses. Finalmente, el último párrafo del resumen ejecutivo deberá nombrar a las Organizaciones Coordinadora y Co-Ejecutoras, indicando el país en que tienen su personalidad jurídica y si son o no son organizaciones privadas con fines de lucro. (c) Antecedentes y Justificación. Hay cuatro preguntas que deben responderse en esta sección de la propuesta: (i) ¿Por qué y para quién es importante este proyecto?; (ii) ¿Cuáles son los antecedentes previos de este proyecto? (estudios o proyectos de desarrollo ya existentes, hechos políticos o sociales que motivan o hacen urgente la investigación, etc.); (iii) ¿Cómo este proyecto complementa o agrega valor a otros proyectos o iniciativas ya en curso?; (iv) ¿Cómo el proyecto está clara y directamente relacionado con el Tema de la Convocatoria a Concurso del Fondo ? (d) Objetivos generales y específicos. El objetivo general se refiere al propósito más amplio de desarrollo al que el proyecto va a contribuir. Los objetivos específicos son los resultados o productos o efectos que el proyecto va a generar en forma directa. Los objetivos específicos deben estar formulados de la forma más concreta y directa que sea posible, y deben ser verificables. Para que el proyecto se declare elegible y pueda ser evaluado, es indispensable que el objetivo general y los objetivos específicos estén clara y directamente relacionados con las Preguntas Orientadoras de los Proyectos que aparecen en la Convocatoria 2004. (e) Metodología del proyecto. La pregunta que se debe responder en esta sección del documento-proyecto es la siguiente: ¿Cómo se van a lograr los objetivos general y específicos del proyecto? La metodología se debe presentar en varias secciones, cada una de las cuales debe corresponder a uno de los objetivos específicos. Para cada objetivo específico, la propuesta debe describir claramente: (i) los métodos que se utilizarán (por ejemplo para alcanzar el objetivo específico de disponer de un diagnóstico de los recursos productivos controlados por las mujeres, se empleará el método de Diagnóstico Rural Participativo...); (ii) las principales actividades que se van a realizar o las herramientas que se usarán (por ejemplo, una actividad puede ser: "se realizará un taller con un grupo de 10 mujeres de la comunidad, y de los médicos del servicio de salud, para identificar las causas más importantes de la desnutrición infantil en la zona.... Una herramienta aplicada puede ser: "Se aplicará una encuesta de opinión a todos los extensionistas que trabajan en la zona"); (iii) quién realizará cada una de las actividades (por ejemplo, "la evaluación de los resultados de los Ensayos de Métodos de Labranza Conservacionista será realizada por los Monitores Campesinos en conjunto con los técnicos de la ONG), y; (iv) Los resultados o productos parciales y finales que se obtendrán en cada actividad o conjunto de actividades (por ejemplo, "Se obtendrán Mapas de Recursos de la Comunidad según género y edad de los comuneros"). Es muy útil incluir un cuadro de síntesis de la metodología, del siguiente tipo:
(f) Cronograma. Una tabla o diagrama que indique el mes de inicio y término de las actividades principales, y el mes en que se dispondrá de los productos principales. El proyecto debe finalizar (incluyendo la entrega de informes finales) a más tardar 12 meses después de suscrito el contrato. (g) Presupuesto. El presupuesto debe ser expresado en dólares de Estados Unidos. El formato obligatorio del presupuesto es el siguiente:
El ítem de Personal incluye sueldos, salarios, honorarios y los correspondientes impuestos, gastos sociales y previsionales, etc. El ítem de Gastos de Operación incluye los costos directos de todos los bienes y servicios requeridos para la realización de las actividades del proyecto, exceptuando inversiones. El ítem de Inversiones incluye el costo de todos los bienes muebles e inmuebles que se vayan a adquirir para satisfacer necesidades directas del proyecto. Incluye compra de vehículos o equipos computacionales o audiovisuales. El Fondo NO contribuirá a financiar inversiones. El ítem de Gastos Administrativos incluye los costos de los servicios de apoyo directos o indirectos requeridos por el proyecto (oficina, contabilidad, apoyo secretarial, luz eléctrica, servicios de documentación o biblioteca, etc.) El ítem Imprevistos representa una suma por un máximo de hasta 5% del ítem de operaciones, que el coordinador del proyecto puede destinar a reforzar los ítem de Personal o de Operaciones sin necesidad de solicitar autorización del Fondo. El uso o destino de este ítem deberá explicarse ex post en el informe financiero del proyecto La columna de Otros Aportes incluye los gastos financiados por las instituciones participantes en el proyecto, y/o aquellos que serán financiados por cualquier otra fuente distinta al Fondo. El aporte total solicitado al Fondo deberá ser igual o inferior a US$ 15,000 para proyectos a realizarse en un solo país, o a US$ 20,000 para proyectos a realizarse en dos o más países. (h) Anexos. El proyecto deberá incluir dos anexos: (i) Anexo de Experiencia Institucional de la o las organizaciones participantes, en que se describirá la experiencia de las instituciones o entidades participantes desde enero de 1999 en adelante. (ii) Anexo de Curriculum Vitae del Personal Principal que participará en el proyecto. 10. Las propuestas se pueden presentar escritas en Español, Portugués, Inglés o Francés. 11. La longitud máxima total de las propuestas, desde la portada hasta los anexos, ambos incluidos, no debe superar las 15,000 palabras (aproximadamente 30 páginas). El Fondo se reserva el derecho de no aceptar ni procesar aquellas propuestas que sobrepasen el límite de extensión. 12. Los postulantes deberán hacer llegar sus propuestas y todos los documentos anexos requeridos en estas bases, a la dirección que se indica al final del presente Reglamento, dentro del plazo señalado en el punto siguiente. La recepción fuera de plazo de la propuesta, o la recepción de las mismas en forma incompleta, será motivo suficiente y automático para descalificar la propuesta. No se aceptarán como argumentos para evitar la descalificación de la propuesta ningún impedimento técnico, físico, legal o administrativo que haya afectado al postulante, aun y cuando este haya sido de fuerza mayor y ajeno a la voluntad del postulante. 13. El plazo para la entrega de la propuesta y de todos sus documentos anexos, se vence el día lunes 27 de septiembre 2004, a las 09:00 AM, hora de Santiago, Chile. 14. Las postulaciones deben incluir los siguientes documentos para poder ser recibidas en conformidad y ser admitidas al Concurso: (a) Documento-Proyecto y sus anexos: Si la propuesta se envía por correo aéreo o por courier, una copia en papel y una copia del archivo computacional en disquete de 3 1/2" o CD ROM, del documento principal y de los anexos. Alternativamente, si la propuesta se envía por correo electrónico, uno o más "attachment" con el archivo computacional del documento principal y los anexos. (b) Carta de Compromiso de la Organización Coordinadora: Dicha carta de compromiso debe señalar: (i) Que la organización identificada con su nombre completo, se compromete a suscribir el contrato respectivo y a participar en la ejecución del proyecto en caso de que resulte ganador en el Concurso; (ii) que la organización se obliga a realizar los aportes al financiamiento del proyecto según lo establecido en el presupuesto de la propuesta; (iii) que la organización conoce y acepta los términos del Reglamento y de la Convocatoria a Concurso del Fondo Mink'a de Chorlaví; (iv) el tipo de personalidad jurídica de dicha organización y el país en que está legalmente constituida, explicitando que dicha organización no es una empresa privada con fines de lucro. Esta carta de compromiso deberá ser firmada por una persona que cuente con autoridad para establecer compromisos en nombre de la organización. Si la propuesta se envía por correo aéreo o por courier, se deben incluir originales de las cartas de compromiso. Alternativamente, si la propuesta se envía por correo electrónico, dicha cartas se podrán enviar por fax, junto a una carta-cubierta que indique con claridad a que propuesta corresponden. 15. Las propuestas y sus anexos deben presentarse en formato electrónico en archivos que puedan ser leídos directamente con el software Word, versión 2000, para PC. Se solicita no incluir cuadros, imágenes o gráficos que aumenten el tamaño del archivo más allá de aproximadamente 500 a 700 kilobytes. 16. Las propuestas que se reciban dentro del plazo señalado en el capítulo anterior, serán evaluadas por personal contratado por el Fondo para asegurarse que cumplan con los criterios de elegibilidad que se indican a continuación: (a) Documentación completa de acuerdo al Reglamento. Cada propuesta debe incluir la totalidad de los documentos solicitados, vale decir: (i) documento principal de acuerdo al formato indicado en este Reglamento; (ii) anexos al documento principal; (iii) carta de compromiso de la Organización Coordinadora de la propuesta. (b) Montos totales de co-financiamiento por parte del Fondo dentro de los límites máximos señalados. (c) Duración total del proyecto igual o inferior a 12 meses. (d) Tipo de Organización Coordinadora. La organización que cumple el rol de coordinadora del proyecto, está legalmente constituida en un país de América Latina y el Caribe y no es una empresa privada con fines de lucro. (e) Proyecto dentro del tema del Concurso. Los antecedentes, objetivos, productos esperados y metodología del proyecto indican que la propuesta cumple con los términos de la Convocatoria a Concurso. (f) Proyecto corresponde a las iniciativas de interés del Fondo. Los proyectos deberán ser iniciativas de sistematización de experiencias (políticas, inversiones públicas o privadas, programas, proyectos, etc.) en el tema de la Convocatoria al Concurso. No son elegibles las propuestas de investigación académica o aquellos que más bien son proyectos de acción de desarrollo, sin un componente principal y central de sistematización de experiencias. 17. Bastará que una propuesta no cumpla con uno solo de los criterios de elegibilidad, para que automáticamente quede descalificada del concurso. 18. Aquellas propuestas que sean declaradas elegibles, serán leídas y evaluadas por al menos dos evaluadores anónimos. 19. El mérito de cada propuesta se calificará de acuerdo a los siguientes criterios: (a) La claridad y calidad general de la propuesta presentada al concurso. Este factor se medirá considerando los siguientes aspectos: (i) que el proyecto esté bien justificado, es decir, que en la sección de "Antecedentes y Justificación" de la propuesta, se presenten en forma clara y con un lenguaje directo el problema o tema que pretende encarar; (ii) que los beneficiarios directos y potenciales del proyecto estén clara y directamente identificados en la sección de "Antecedentes y Justificación" de la propuesta, es decir, que se explique qué sectores sociales y/o agentes y/o tomadores de decisiones tienen interés en el proyecto, y el por qué de dicho interés; (iii) que esté claro a donde se quiere llegar con el proyecto, es decir, que los objetivos específicos y los productos y resultados sean claros, concretos y verificables; (iv) que la metodología del proyecto sea clara y conducente al logro de los objetivos específicos y que corresponda a un proceso de sistematización, es decir, a un proceso de ordenamiento y reflexión crítica a partir de una o más experiencias de desarrollo, en torno a una pregunta o preocupación predefinida, con la participación de los actores locales, y orientada a la generación de lecciones aprendidas que permitan mejorar la acción propia así como contribuir a un cuerpo más amplio de conocimientos; (v) que el proyecto muestre coherencia interna, es decir, que exista una relación directa y lógica entre el problema a encarar por el proyecto, el objetivo general, los objetivos específicos, la metodología, los productos y resultados, el cronograma y el presupuesto. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 17 puntos. (b) El carácter innovador de la o las experiencias sistematizadas y su potencial para entregar lecciones de amplio interés. El Fondo desea privilegiar proyectos de investigación aplicada y de investigación-acción que sistematicen experiencias concretas de desarrollo que se puedan considerar innovadoras en sus estrategias, enfoques, conceptos, métodos, formas de organización u otros aspectos de interés público. Al mismo tiempo, se privilegiarán propuestas en que las experiencias que serán sistematizadas, sean de interés amplio a nivel latinoamericano, es decir, que contengan el potencial de arrojar conclusiones, recomendaciones y lecciones aprendidas que puedan ser de utilidad para un número significativo de agentes involucrados en otras experiencias de desarrollo. La puntuación máxima posible de asignar a este criterio es de 18 puntos. (c) El tratamiento del tema de la equidad entre distintos sectores de la población involucrada en la experiencia que será sistematizada mediante el proyecto, incluyendo entre hombres y mujeres rurales. En consecuencia, el Fondo dará prioridad a aquellas propuestas de proyectos que contengan un tratamiento explícito y directo del tema de equidad, es decir, que (i) estén referidas a experiencias de territorios rurales pobres y tradicionalmente marginados de América Latina y el Caribe que han tenido éxito en vincularse a mercados dinámicos y que expresamente fueron diseñadas tomando en cuenta la consideración de equidad al interior de las poblaciones rurales (por ejemplo, en cuyo diseño se aplicó un enfoque de equidad de género o étnico), y/o; (ii) que en el análisis de los factores determinantes de los resultados o efectos del proceso de vinculación a mercados dinámicos de los territorios rurales pobres y tradicionalmente marginados de América Latina y el Caribe se incluya de manera explícita variables o fenómenos referidos al acceso equitativo de distintos sectores de la población rural a las oportunidades de desarrollo, y/o; (iii) que en el análisis de los efectos y resultados de los procesos de vinculación a mercados dinámicos de los territorios rurales pobres y tradicionalmente marginados de América Latina y el Caribe incluyan la consideración de la distribución de dichos efectos y resultados entre distintos sectores de la población rural. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 16 puntos. (d) La experiencia del equipo ejecutor del proyecto en la realización de proyectos de sistematización, investigación aplicada e investigación-acción. Este criterio incluye tanto la experiencia institucional, como la experiencia de los individuos que cumplen un papel importante en el proyecto. Se pondrá énfasis en la experiencia de la Organización Coordinadora en proyectos referidos al análisis, sistematización y/o apoyo de experiencias en territorios rurales pobres y tradicionalmente marginados de América Latina y el Caribe que han tenido éxito en vincularse a mercados dinámicos, así como en la ejecución de proyectos de investigación aplicada, investigación acción y sistematización. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 16 puntos. (e) Focalización. El Fondo prefiere apoyar proyectos que se realizan en, o benefician directamente a, territorios con alta incidencia de pobreza rural y alta incidencia de procesos de deterioro de los recursos naturales. Igualmente, se asignará un mayor puntaje a proyectos que se realicen con, o vayan en directo beneficio de sectores sociales rurales tradicionalmente excluidos, tales como mujeres, estratos de extrema pobreza, comunidades indígenas o afroamericanas, jóvenes. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 10 puntos. (f) La relación de complementariedad y agregación de valor del proyecto propuesto con respecto de otras actividades y proyectos ya en curso a cargo de las organizaciones participantes. Para que pueda aplicarse este criterio, el proyecto debe claramente representar una acción adicional y distinta, aunque complementaria, a aquellas ya en curso, y no un simple incremento en la cantidad o intensidad o cobertura de actividades ya en ejecución o ya previstas. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 10 puntos. (g) La colaboración y cooperación en la diversidad. El Fondo se interesa en promover la cooperación y diálogo entre organizaciones diversas. Esta diversidad se pueda dar al provenir las organizaciones de diferentes países (o diferentes regiones en Brasil, México y Argentina); al estar ellas especializadas en distintos temas (por ejemplo, una tiene trayectoria en microcrédito y la otra en conservación de recursos naturales); o por ser representativas de distintos tipos de organización (por ejemplo, ONG colaborando con universidades). La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 10 puntos. (h) El aporte de los postulantes al co-financiamiento del proyecto. El Fondo solo complementa el financiamiento de los proyectos. Cuanto mayor sea el porcentaje del presupuesto total del proyecto que proviene de otras fuentes aseguradas, mayor será la puntuación asignada por este criterio. Para la aplicación de este criterio, solamente se tomará en cuenta el aporte de los participantes al financiamiento de los costos directos del proyecto (es decir, se excluyen los aportes a los costos generales, costos de administración u "overhead"). La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 3 puntos. 20. Es responsabilidad de los postulantes asegurarse de que su propuesta incluya información relevante y suficiente, que permita a los evaluadores aplicar estos criterios. Los evaluadores revisarán y emitirán sus opiniones de cada propuesta sobre la base de la información que ésta contiene. Si la información no es suficiente o es ambigua, los revisores asumirán que no se han cumplido los criterios. 21. Los puntajes que cada uno de los dos evaluadores otorgue a cada propuesta, y sus motivos, serán registrados por escrito. El puntaje de cada propuesta en cada criterio de mérito, será el promedio simple de los puntajes otorgados por cada evaluador. En caso de que existan diferencias importantes (de más de 20%) entre dos evaluadores en la calificación del mismo proyecto, se recurrirá a una tercera opinión independiente, siempre y cuando el menos uno de los dos evaluadores originales haya adjudicado una calificación total de 55 puntos o más a la propuesta. 22. Las propuestas que serán consideradas por el Comité del Fondo para adjudicarles los recursos de co-financiamiento, serán aquellas que hayan logrado una calificación alta y pareja, es decir: (a) Que en los criterios de mérito descritos en los párrafos 19(a), 196(b), 19(c), 19(d) y 19(e), haya obtenido una puntuación equivalente al menos al 55% de la puntuación lograda por el proyecto mejor calificado en ese criterio. (b) Que haya obtenido una calificación total que sea igual o superior al 55% de la calificación obtenida por la propuesta con el más alto puntaje total. 23. Dentro de este grupo de proyecto, se buscará que los recursos del Fondo se asignen en estricto orden de calificación, hasta agotar los recursos disponibles en el Fondo para el Concurso. 24. Con la finalidad de buscar el mejor equilibrio regional posible, el Comité podrá omitir el criterio de prelación según puntaje total cuando se den dos condiciones: (a) Cuando entre los proyectos que se estén considerando tras la etapa de evaluación según criterio de mérito, exista un evidente desbalance de carácter regional, es decir, que todos o la mayoría de los proyectos provengan de una o dos regiones. Para estos efectos, se consideran como regiones las siguientes: (i) México y Centro América (incluye Panamá), (ii) el Caribe, Belice, Surinam y Guyana, (iii) Región Andina (Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia), (iv) Cono Sur (Brasil, Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay). (b) Que la diferencia en la calificación total entre los dos o más proyectos sujetos a discusión en la etapa de selección, sea igual o inferior a 15 puntos. 25. Con la finalidad de buscar el mejor equilibrio temático posible, el Comité podrá omitir el criterio de prelación según puntaje total cuando se den dos condiciones: (a) Cuando entre los proyectos que se estén considerando tras la etapa de evaluación según criterio de mérito, exista un evidente desbalance en los contenidos temáticos de los proyectos aprobados, que impediría o dificultaría que los proyectos ganadores constituyan un conjunto armónico y coherente que pueda ser objeto de un análisis comparado con el fin de extraer resultados, conclusiones y recomendaciones generales. (b) Que la diferencia en la calificación total entre los dos o más proyectos sujetos a discusión en la etapa de selección, sea igual o inferior a 15 puntos. 26. Terminado el proceso de evaluación y adjudicación, el Fondo publicará en su Sitio Web el título, país de procedencia e institución Coordinadora de todos los proyectos que se hayan recibido en conformidad dentro de los plazos del concurso. Se identificarán los proyectos ganadores del concurso y publicará su contenido en el sitio. Dentro de un plazo de 30 días a partir del anuncio público de los resultados del Concurso, los representantes de las Organizaciones Coordinadoras podrán solicitar al Fondo copias de las fichas de evaluación de sus respectivos proyectos. Se deja expresa constancia de que el Fondo no dará explicaciones o informaciones adicionales más allá de los argumentos que hayan sido consignados por escrito en dichas fichas por los evaluadores. 27. Para la ejecución del proyecto, se firmará un contrato entre Rimisp y la organización coordinadora, la que será totalmente responsable del cumplimiento del contrato. 28. Rimisp transferirá los fondos en dólares de Estados Unidos a la cuenta bancaria de la organización contratante, a la tasa de cambio del día hábil anterior a la fecha en que se efectúe la transferencia. Rimisp transferirá el 40% de la donación total en un plazo máximo de siete días hábiles después de la firma del contrato. Un 30% adicional se transferirá después de la recepción y aceptación en conformidad del Informe de Avance. El 30% final será transferido después de recibir y aceptar en conformidad los Informes Financieros y Técnicos Finales. 29. Los riesgos inherentes a las fluctuaciones en las tasas de cambio entre el Euro y el Dólar Canadiense (monedas en que se han establecido las donaciones de CIID y de ICCO que permiten constituir el Fondo), el dólar USA (moneda en que opera el Fondo, y en la que Rimisp transferirá los fondos a las Organizaciones Coordinadoras de cada proyecto), y las diferentes monedas locales en que operen los participantes de cada proyecto, serán de entera responsabilidad de las instituciones participantes en cada proyecto. Ni Rimisp, ni el Fondo, ni CIID ni ICCO, asumirán o financiarán las pérdidas que se puedan derivar de las fluctuaciones cambiarias. 30. Durante el séptimo mes tras la firma del Contrato, la Organización Coordinadora presentará a Rimisp un breve informe narrativo (2-3 páginas), en que se dará cuenta de los primeros seis meses del proyecto, en términos de: (i) las actividades programadas y realizadas, (ii) las actividades programadas y no realizadas o demoradas, (iii) los principales problemas que se pudieran haber presentado y cómo se han resuelto, y (iv) las principales acciones previstas para los próximos seis meses, destacando expresamente cualquier cambio o modificación significativa que sea necesario o recomendable introducir respeto del diseño original del proyecto. 31. Al término del proyecto y a más tardar el 15 de enero 2006, la Organización Coordinadora presentará a Rimisp un Informe Financiero, firmado por el Representante Legal y por el Responsable de las Finanzas o la Contabilidad. El Informe Financiero se presentará en un formato estándar definido por Rimisp, que será comunicado antes de la firma del Contrato. 32. Al término del proyecto y a más tardar el 31 de diciembre 2005, la Organización Coordinadora presentará a Rimisp un Informe Técnico Final, el cual tendrá la forma de uno o más artículos publicables en alguna revista especializada. Las instrucciones de formato para la preparación de estos Artículos serán publicadas en el Sitio Web del Fondo, a más tardar con cuatro meses de anticipación a la fecha de presentación de los informes. Los artículos finales podrán ser rechazados si este formato no se respeta. 33. Tras la recepción de los informes técnicos finales (artículos), se organizará un proceso de análisis comparativo de los resultados de los distintos proyectos, con miras a obtener y documentar resultados, conclusiones y recomendaciones generales, es decir, que son aplicables a un universo más amplio que aquel analizado en cada proyecto por separado. Las Organizaciones Coordinadoras y Co-ejecutoras de los proyectos apoyados por el Fondo, se comprometen y obligan a participar en estas actividades de análisis comparativo y a aportar el tiempo necesario de su personal dentro de un límite prudente. 34. Al término del análisis comparativo, el Fondo diseñará y llevará a cabo un proceso de comunicación estratégica de los resultados de cada Concurso. El objetivo es que los tomadores de decisiones con un interés particular en el tema de cada Concurso, accedan a los resultados. Las Organizaciones Coordinadoras y Co-ejecutoras se comprometen y obligan a permitir al Fondo el uso gratuito de los informes parciales y finales, de los artículos, y de todo otro producto intermedio o final generado por su proyecto. 35. El Consejo del Fondo será responsable de la dirección y supervisión de todo el proceso establecido en este Reglamento. Específicamente, aprobará cualquier modificación al presente Reglamento, garantizará la idoneidad y objetividad del proceso de calificación y selección, y aplicará los criterios de adjudicación para decidir cuáles son los proyectos que serán co-financiados por el Fondo. 36. Todas las decisiones que el Consejo del Fondo adopte en cualquier momento del proceso general de recepción, revisión, preselección, evaluación, selección o contratación de los proyectos de investigación, o durante la revisión y aceptación de los informes Financieros y Técnicos parciales y finales, serán definitivas y no estarán sujetas a apelación o revisión adicional. El Consejo no está obligado a justificar sus decisiones. 37. Toda la documentación y comunicaciones oficiales del programa, se publicarán en Internet a través del sitio web cuya dirección (URL) es http://www.FondoMinkaChorlavi.org. Se recomienda a los participantes e interesados, que en forma periódica revisen este sitio web para informarse sobre la marcha del programa y sobre eventuales decisiones que pudieran modificar lo establecido en el presente documento. Las modificaciones que se publiquen en el sitio web entrarán en vigencia desde el momento de su publicación electrónica. 38. Cualquier situación no cubierta adecuadamente en esta Convocatoria será resuelta por el Consejo del Fondo. 39. Durante la implementación de los proyectos, o después de recibidos los informes finales técnicos y financieros, personal de Rimisp y los miembros del Consejo del Fondo, o sus representantes, podrán visitar a las instituciones responsables de los proyectos, para analizar con ellas la marcha de los mismos. 40. Los artículos que se entreguen al Fondo en cumplimiento del requisito sobre informes técnicos finales, serán editados, publicados, impresos y distribuidos por el Fondo o por terceros con quienes se convenga tal edición, publicación o distribución. También serán publicados electrónicamente en Internet. La distribución se hará sin fines de lucro. El Fondo reconocerá legal y formalmente la autoría intelectual individual e institucional de tales documentos, de acuerdo con los estándares internacionales convencionales. El Fondo se reserva el derecho de publicar tales documentos durante el plazo de 12 meses a contar de su recepción en conformidad; pasado este período, los autores quedarán en libertad de acción respecto de otras oportunidades de publicar tales textos. 41. Todas las comunicaciones dirigidas al Fondo, incluyendo las propuestas (documento-proyecto, anexos del documento-proyecto y cartas de compromiso), se deben enviar a:
Fondo Mink'a de Chorlaví 42. Todas las informaciones que el Fondo deba remitir a los interesados, postulantes o público en general, se publicarán en el Sitio Web cuyo URL es www.FondoMinkaChorlavi.org. |
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