Grupo
Chorlaví Reglamento
Oficial al 15 de Julio 2005 Tabla de Contenidos I. SOBRE EL PRESENTE DOCUMENTO
Y OTROS TEXTOS COMPLEMENTARIOS I. SOBRE EL PRESENTE DOCUMENTO Y OTROS TEXTOS COMPLEMENTARIOS1. El presente Reglamento del Fondo Mink'a de Chorlaví, en adelante, el Fondo, establece las reglas y procedimientos para la realización de los Concursos de Proyectos del Fondo y para la ejecución de los proyectos que sean co-financiados por el mismo. La versión oficial del presente documento es la publicada en el Sitio Web del Grupo Chorlaví, en adelante, el Grupo, (www.GrupoChorlavi.org), incluyendo los cambios que el Consejo del Grupo estime necesario incorporar en cualquier momento. II. OBJETIVO2. El Fondo Mink'a de Chorlaví es un mecanismo de concurso anual del Grupo Chorlaví que tiene por objetivo financiar proyectos de istematización o investigación aplicada de experiencias innovadoras de transformación institucional y/o productiva de las sociedades rurales en América Latina, en el marco de un ciclo de aprendizaje social. Entiéndase por ciclo de aprendizaje social un conjunto de actividades de sistematización, reflexión crítica, diálogo, comunicación y documentación, entre otras, que, a través de un proceso sistemático, analítico e integral, buscan dar respuestas a las preguntas formuladas alrededor de un tema específico y relevante. III. SOBRE LAS ORGANIZACIONES QUE PUEDEN POSTULAR3. Cada propuesta deberá incluir necesariamente una Organización Coordinadora, y podrá (sin ser una exigencia obligatoria) además incluir una o más Organizaciones Co-ejecutoras. La Organización Coordinadora es aquella que: (i) representa ante el Fondo al conjunto de las organizaciones que se han reunido para diseñar y ejecutar el proyecto, (ii) suscribe el Contrato si la propuesta resulta ganadora, y, en consecuencia, es legalmente responsable de su cumplimiento, (iii) recibe los recursos de co-financiamiento aportados por el Fondo y es responsable de su administración y de la rendición de cuentas, y (iv) es responsable de la presentación de informes. 4. Puede participar en las propuestas de proyecto presentadas a los Concursos del Fondo, cualquier organización pública o privada que tenga personalidad jurídica en cualquiera de los países de América Latina y el Caribe. Las Organizaciones Coordinadoras de cada proyecto, no podrán ser entidades con fines de lucro. Sin embargo, estas organizaciones sí podrán participar como Organizaciones Co-ejecutoras. 5. Una misma organización, participando como Organización Coordinadora, solo puede adjudicarse un máximo de un proyecto en cada Concurso. Si una misma Organización Coordinadora presenta dos o más propuestas a un mismo Concurso, como máximo solo podrá resultar elegida una sola de dichas propuestas para recibir el apoyo del Fondo. Una misma organización puede participar como Organización Co-ejecutora en cuantos proyectos estime conveniente. Una misma organización puede ser Organización Coordinadora de un proyecto, y Organización Co-Ejecutora de uno o más proyectos adicionales. IV. SOBRE LAS OBLIGACIONES QUE ASUMEN LAS ORGANIZACIONES QUE POSTULAN AL FONDO6. Las organizaciones que participen en los proyectos presentados a los Concursos del Fondo, sean en calidad de coordinadoras de los proyectos o de co-ejecutoras, se obligan por el solo hecho de postular a acatar lo dispuesto en este Reglamento, en la Convocatoria a Concurso, y en los Contratos que eventualmente se suscriban para la implementación de los proyectos. Especialmente, dichas organizaciones se obligan a ejecutar los proyectos en concordancia con la propuesta presentada al Concurso y a participar activamente en las actividades de análisis comparativo y comunicación de resultados, que se llevarán a cabo como parte del ciclo de un proyecto de aprendizaje social. V. SOBRE LA RECEPCIÓN DE CONSULTAS7. Una vez publicados el Reglamento y la Convocatoria a Concurso, y hasta 20 días antes de la fecha definida como plazo final para la entrega de las propuestas, los interesados podrán hacer consultas pidiendo aclarar aspectos específicos del Reglamento o de la Convocatoria. Las consultas se deben dirigir a la dirección indicada en el Sitio Web del Grupo y al final del presente Reglamento. Las consultas y las respuestas a las mismas serán publicadas en el Sitio Web del Grupo. 8. No se responderán consultas que apunten a solicitar de parte del Grupo una opinión sobre la elegibilidad, contenido o calidad de una propuesta en particular. VI. FORMATO DE LAS PROPUESTAS9. La propuesta debe utilizar obligatoriamente el siguiente formato: (a) Portada. Una página con: (i) El título del proyecto; (ii) el nombre completo, la sigla y el país de la Organización Coordinadora del proyecto; (iii) el nombre completo de la persona responsable por la propuesta en la Organización Coordinadora, así como su dirección postal, teléfono, fax y correo electrónico; (iv) si corresponde, el nombre completo, la sigla y el país de cada una de las Organizaciones Co-Ejecutoras del proyecto. (b) Resumen ejecutivo. El resumen deberá incluir una síntesis de: (i) la justificación del proyecto (¿Por qué es importante hacer este proyecto?); (ii) sus beneficiarios directos e indirectos (¿Quién tiene interés en el proyecto?); (iii) los objetivos y productos esperados (¿Qué resultados ofrece el proyecto?), y; (iv) la metodología (¿Cómo se va a llegar a dichos resultados?). Asimismo, en un párrafo breve se deberá señalar el costo total del proyecto y el monto total del co-financiamiento solicitado al Fondo, en dólares USA, así como el plazo total contemplado para la realización del proyecto, en meses. Finalmente, el último párrafo del resumen ejecutivo deberá nombrar a las Organizaciones Coordinadora y Co-Ejecutoras, indicando el país en que tienen su personalidad jurídica y si son o no son organizaciones privadas con fines de lucro. (c) Antecedentes y Justificación. Hay cuatro preguntas que deben responderse en esta sección de la propuesta: (i) ¿Por qué y para quién es importante este proyecto?; (ii) ¿Cuáles son los antecedentes previos de este proyecto? (estudios o proyectos de desarrollo ya existentes, hechos políticos o sociales que motivan o hacen urgente la investigación, etc.); (iii) ¿Cómo este proyecto complementa o agrega valor a otros proyectos o iniciativas ya en curso?; (iv) ¿Cómo el proyecto está clara y directamente relacionado con el Tema de la Convocatoria a Concurso del Fondo ? (d) Objetivos generales y específicos. El objetivo general se refiere al propósito más amplio de desarrollo al que el proyecto va a contribuir. Los objetivos específicos son los resultados o productos o efectos que el proyecto va a generar en forma directa. Los objetivos específicos deben estar formulados de la forma más concreta y directa que sea posible, y deben ser verificables. Para que el proyecto se declare elegible y pueda ser evaluado, es indispensable que el objetivo general y los objetivos específicos estén clara y directamente relacionados con las "Preguntas Orientadoras de los Proyectos" que aparecen en la Convocatoria 2005. (e) Metodología del proyecto. La pregunta que se debe responder en esta sección del documento-proyecto es la siguiente: ¿Cómo se van a lograr los objetivos general y específicos del proyecto? La metodología se debe presentar en varias secciones, cada una de las cuales debe corresponder a uno de los objetivos específicos. Para cada objetivo específico, la propuesta debe describir claramente:Â (i) los métodos que se utilizarán (por ejemplo "para alcanzar el objetivo específico de disponer de un diagnóstico de los recursos productivos controlados por las mujeres, se empleará el método de Diagnóstico Rural Participativo..."); (ii) las principales actividades que se van a realizar o las herramientas que se usarán (por ejemplo, una actividad puede ser: "se realizará un taller con un grupo de 10 mujeres de la comunidad, y de los médicos del servicio de salud, para identificar las causas más importantes de la desnutrición infantil en la zona...". Una herramienta aplicada puede ser: "Se aplicará una encuesta de opinión a todos los extensionistas que trabajan en la zona"); (iii) quién realizará cada una de las actividades (por ejemplo, "la evaluación de los resultados de los Ensayos de Métodos de Labranza Conservacionista será realizada por los Monitores Campesinos en conjunto con los técnicos de la ONG"), y; (iv) Los resultados o productos parciales y finales que se obtendrán en cada actividad o conjunto de actividades (por ejemplo, "Se obtendrán Mapas de Recursos de la Comunidad según género y edad de los comuneros"). Es muy útil incluir un cuadro de síntesis de la metodología, del siguiente tipo:
(f) Cronograma. Una tabla o diagrama que indique el mes de inicio y término de las actividades principales, y el mes en que se dispondrá de los productos principales. El proyecto debe finalizar (incluyendo la entrega de informes finales) a más tardar 12 meses después de suscrito el contrato. (g) Presupuesto. El presupuesto debe ser expresado en dólares de Estados Unidos. El formato obligatorio del presupuesto es el siguiente:
(i) El ítem de Personal incluye sueldos, salarios, honorarios y los correspondientes impuestos, gastos sociales y previsionales, etc. (ii) El ítem de Gastos de Operación incluye los costos directos de todos los bienes y servicios requeridos para la realización de las actividades del proyecto, exceptuando inversiones. (iii) El ítem de Inversiones incluye el costo de todos los bienes muebles e inmuebles que se vayan a adquirir para satisfacer necesidades directas del proyecto. Incluye compra de vehículos o equipos computacionales o audiovisuales. El Fondo NO contribuirá a financiar inversiones. (iv) El ítem de Gastos Administrativos incluye los costos de los servicios de apoyo directos o indirectos requeridos por el proyecto (oficina, contabilidad, apoyo secretarial, luz eléctrica, servicios de documentación o biblioteca, etc.) (v) El ítem Imprevistos representa una suma por un máximo de hasta 5% delítem de operaciones, que el coordinador del proyecto puede destinar a reforzar los ítem de Personal o de Operaciones sin necesidad de solicitar autorización del Fondo. El uso o destino de esteítem deberá explicarse ex post en el informe financiero del proyecto (vi) La columna de "Otros Aportes" incluye los gastos financiados por las instituciones participantes en el proyecto, y/o aquellos que serán financiados por cualquier otra fuente distinta al Fondo. (vii) El aporte total solicitado al Fondo deberá ser igual o inferior a US$ 15,000 para proyectos a realizarse en un solo país, o a US$ 20,000 para proyectos a realizarse en dos o más países. (h) Anexos. El proyecto deberá incluir dos anexos: (i) Anexo de Experiencia Institucional de la o las organizaciones participantes, en que se describirá la experiencia de las instituciones o entidades participantes desde enero de 2000 en adelante. (ii) Anexo de Curriculum Vitae del Personal Principal que participará en el proyecto (no más de tres páginas de extensión). 10. Las propuestas se pueden presentar escritas en Español, Portugués, Inglés o Francés. 11. La longitud máxima total de las propuestas, desde la portada hasta los anexos, ambos incluidos, no debe superar las 15,000 palabras (aproximadamente 30 páginas). El Fondo se reserva el derecho de no aceptar ni procesar aquellas propuestas que sobrepasen el límite de extensión. VII. RECEPCIÓN Y PLAZO PARA LA ENTREGA DE PROPUESTAS12. Los postulantes deberán hacer llegar sus propuestas y todos los documentos anexos requeridos en estas bases, a la dirección que se indica al final del presente Reglamento, dentro del plazo señalado en el punto siguiente. La recepción fuera de plazo de la propuesta, o la recepción de las mismas en forma incompleta, será motivo suficiente y automático para descalificar la propuesta. No se aceptarán como argumentos para evitar la descalificación de la propuesta ningún impedimento técnico, físico, legal o administrativo que haya afectado al postulante, aun y cuando este haya sido de fuerza mayor y ajeno a la voluntad del postulante. 13. El plazo para la entrega de la propuesta y de todos sus documentos anexos, se vence el día viernes 30 de septiembre 2005, a las 13:00 PM, hora de Santiago, Chile. 14. Las postulaciones deben incluir los siguientes documentos para poder ser recibidas en conformidad y ser admitidas al Concurso: (a) Documento-Proyecto y sus anexos: Si la propuesta se envía por correo aéreo o por courier, una copia en papel y una copia del archivo computacional en disquete de 3 1/2" o CD ROM, del documento principal y de los anexos. Alternativamente, si la propuesta se envía por correo electrónico, uno o más "attachment" con el archivo computacional del documento principal y los anexos. (b) Carta de Compromiso de la Organización Coordinadora: Dicha carta de compromiso debe señalar: (i) Que la organización identificada con su nombre completo, se compromete a suscribir el contrato respectivo y a participar en la ejecución del proyecto en caso de que resulte ganador en el Concurso; (ii) que la organización se obliga a realizar los aportes al financiamiento del proyecto según lo establecido en el presupuesto de la propuesta; (iii) que la organización conoce y acepta los términos del Reglamento y de la Convocatoria a Concurso del Fondo Mink'a de Chorlaví; (iv) el tipo de personalidad jurídica de dicha organización y el país en que está legalmente constituida, explicitando que dicha organización no es una empresa privada con fines de lucro. Esta carta de compromiso deberá ser firmada por una persona que cuente con autoridad para establecer compromisos en nombre de la organización. Si la propuesta se envía por correo aéreo o por courier, se deben incluir originales de las cartas de compromiso. Alternativamente, si la propuesta se envía por correo electrónico, dicha cartas se podrán enviar por fax, junto a una carta-cubierta que indique con claridad a que propuesta corresponden. 15. Las propuestas y sus anexos deben presentarse en formato electrónico en archivos que puedan ser leídos directamente con el software Word, versión 2000, para PC. Se solicita no incluir cuadros, imágenes o gráficos que aumenten el tamaño del archivo más allá de aproximadamente 500 a 700 kilobytes. VIII. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS SEGÚN CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD16. Las propuestas que se reciban dentro del plazo señalado en el capítulo anterior, serán evaluadas por personal contratado por el Grupo para asegurarse que cumplan con los criterios de elegibilidad que se indican a continuación: (a) Documentación completa de acuerdo al Reglamento. Cada propuesta debe incluir la totalidad de los documentos solicitados, vale decir: (i) documento principal de acuerdo al formato indicado en este Reglamento; (ii) anexos al documento principal; (iii) carta de compromiso de la Organización Coordinadora de la propuesta. (b) Montos totales de co-financiamiento por parte del Fondo dentro de los límites máximos señalados. (c) Duración total del proyecto igual o inferior a 12 meses. (d) Tipo de Organización Coordinadora. La organización que cumple el rol de coordinadora del proyecto, está legalmente constituida en un país de América Latina y el Caribe y no es una empresa privada con fines de lucro. (e) Proyecto dentro del tema del Concurso. Los antecedentes, objetivos, productos esperados y metodología del proyecto indican que la propuesta cumple con los términos de la Convocatoria a Concurso. (f) Proyecto corresponde a las iniciativas de interés del Grupo. Los proyectos deberán ser iniciativas de sistematización de experiencias (políticas, inversiones públicas o privadas, programas, proyectos, etc.) en el tema de la Convocatoria al Concurso. No son elegibles las propuestas de investigación académica o aquellos que más bien son proyectos de acción de desarrollo, sin un componente principal y central de sistematización de experiencias. 17. Bastará que una propuesta no cumpla con uno solo de los criterios de elegibilidad, para que automáticamente quede descalificada del concurso. IX. EVALUACIÚN DE LAS PROPUESTAS SEGÚN CRITERIOS DE MÉRITO18. Aquellas propuestas que sean declaradas elegibles, serán leídas y evaluadas por al menos dos evaluadores anónimos. 19. El mérito de cada propuesta se calificará de acuerdo a los siguientes criterios: (a) La claridad y calidad general de la propuesta presentada al concurso. Este factor se medirá considerando los siguientes aspectos: (i) que el proyecto esté bien justificado, es decir, que en la sección de "Antecedentes y Justificación" de la propuesta, se presenten en forma clara y con un lenguaje directo el problema o tema que pretende encarar; (ii) que los beneficiarios directos y potenciales del proyecto estén clara y directamente identificados en la sección de "Antecedentes y Justificación" de la propuesta, es decir, que se explique qué sectores sociales y/o agentes y/o tomadores de decisiones tienen interés en el proyecto, y el por qué de dicho interés; (iii) que esté claro a donde se quiere llegar con el proyecto, es decir, que los objetivos específicos y los productos y resultados sean claros, concretos y verificables; (iv) que la metodología del proyecto sea clara y conducente al logro de los objetivos específicos y que corresponda a un proceso de sistematización, es decir, a un proceso de ordenamiento y reflexión crítica a partir de una o más experiencias de desarrollo, en torno a una pregunta o preocupación predefinida, con la participación de los actores locales, y orientada a la generación de lecciones aprendidas que permitan mejorar la acción propia así como contribuir a un cuerpo más amplio de conocimientos; (v) que el proyecto muestre coherencia interna, es decir, que exista una relación directa y lógica entre el problema a encarar por el proyecto, el objetivo general, los objetivos específicos, la metodología, los productos y resultados, el cronograma y el presupuesto. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 17 puntos. (b) El carácter innovador de la o las experiencias sistematizadas y su potencial para entregar lecciones de amplio interés. El Grupo desea privilegiar proyectos de investigación aplicada y de investigación-acción que sistematicen experiencias concretas de desarrollo que se puedan considerar innovadoras en sus estrategias, enfoques, conceptos, métodos, formas de organización u otros aspectos de interés público. Al mismo tiempo, se privilegiarán propuestas en que las experiencias que serán sistematizadas, sean de interés amplio a nivel latinoamericano, es decir, que contengan el potencial de arrojar conclusiones, recomendaciones y lecciones aprendidas que puedan ser de utilidad para un número significativo de agentes involucrados en otras experiencias de desarrollo. La puntuación máxima posible de asignar a este criterio es de 18 puntos. (c) El tratamiento del tema de la equidad entre distintos sectores de la población involucrada en la experiencia que será sistematizada mediante el proyecto, incluyendo entre hombres y mujeres rurales. En consecuencia, el Grupo dará prioridad a aquellas propuestas de proyectos que contengan un tratamiento explícito y directo del tema de equidad, es decir, que (i) estén referidas a experiencias de asociaciones entre gobiernos locales o municipales que han fortalecido las estrategias que permiten revalorizar territorios rurales pobres y que fueron diseñadas tomando en cuenta los elementos de equidad al interior de las poblaciones rurales (por ejemplo, en cuyo diseño se aplicó un enfoque de equidad de género o étnico), y/o; (ii) que en el análisis de los factores determinantes de los resultados o efectos del proceso de asociación entre gobiernos locales o municipales de América Latina y el Caribe se incluya de manera explícita variables o fenómenos referidos al acceso equitativo de distintos sectores de la población rural a las oportunidades de desarrollo, y/o; (iii) que en el análisis de los efectos y resultados de los procesos de asociación entre gobiernos locales o municipales de América Latina y el Caribe incluyan la consideración de la distribución de dichos efectos y resultados entre distintos sectores de la población rural. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 16 puntos. (d) La experiencia del equipo ejecutor del proyecto en la realización de proyectos de sistematización, investigación aplicada e investigación-acción. Este criterio incluye tanto la experiencia institucional, como la experiencia de los individuos que cumplen un papel importante en el proyecto. Se pondrá énfasis en la experiencia de la Organización Coordinadora en proyectos con gobiernos locales y explícitamente con asociaciones y/o mancomunidades. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 16 puntos. (e) Focalización. El Fondo prefiere apoyar proyectos que se realizan en, o benefician directamente a, territorios con alta incidencia de pobreza rural y alta incidencia de procesos de deterioro de los recursos naturales. Igualmente, se asignará un mayor puntaje a proyectos que se realicen con, o vayan en directo beneficio de sectores sociales rurales tradicionalmente excluidos, tales como mujeres, estratos de extrema pobreza, comunidades indígenas o afroamericanas, jóvenes. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 10 puntos. (f) La relación de complementariedad y "agregación de valor" del proyecto propuesto con respecto de otras actividades y proyectos ya en curso a cargo de las organizaciones participantes. Para que pueda aplicarse este criterio, el proyecto debe claramente representar una acción adicional y distinta, aunque complementaria, a aquellas ya en curso, y no un simple incremento en la cantidad o intensidad o cobertura de actividades ya en ejecución o ya previstas. La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 10 puntos. (g) La colaboración y cooperación en la diversidad. El Grupo se interesa en promover la cooperación y diálogo entre organizaciones diversas. Esta diversidad se pueda dar al provenir las organizaciones de diferentes países (o diferentes regiones en Brasil, México y Argentina); al estar ellas especializadas en distintos temas (por ejemplo, una tiene trayectoria en microcrédito y la otra en conservación de recursos naturales); o por ser representativas de distintos tipos de organización (por ejemplo, ONG colaborando con universidades). La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 10 puntos. (h) El aporte de los postulantes al co-financiamiento del proyecto. El Fondo solo complementa el financiamiento de los proyectos. Cuanto mayor sea el porcentaje del presupuesto total del proyecto que proviene de otras fuentes aseguradas, mayor será la puntuación asignada por este criterio. Para la aplicación de este criterio, solamente se tomará en cuenta el aporte de los participantes al financiamiento de los costos directos del proyecto (es decir, se excluyen los aportes a los costos generales, costos de administración u "overhead"). La puntuación máxima posible de asignar por este criterio es de 3 puntos. 20. Es responsabilidad de los postulantes asegurarse de que su propuesta incluya información relevante y suficiente, que permita a los evaluadores aplicar estos criterios. Los evaluadores revisarán y emitirán sus opiniones de cada propuesta sobre la base de la información que ésta contiene. Si la información no es suficiente o es ambigua, los revisores asumirán que no se han cumplido los criterios. 21. Los puntajes que cada uno de los dos evaluadores otorgue a cada propuesta, y sus motivos, serán registrados por escrito. El puntaje de cada propuesta en cada criterio de mérito, será el promedio simple de los puntajes otorgados por cada evaluador. En caso de que existan diferencias importantes (de más de 20%) entre dos evaluadores en la calificación del mismo proyecto, se recurrirá a una tercera opinión independiente, siempre y cuando al menos uno de los dos evaluadores originales haya adjudicado una calificación total de 55 puntos o más a la propuesta. La tercera evaluación será considerada para el proceso de selección final. X. ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO SEGÚN CRITERIOS DE SELECCIÓN22. Las propuestas que serán consideradas por el Comité del Grupo para adjudicarles los recursos de co-financiamiento, serán aquellas que hayan logrado una calificación alta y pareja, es decir: (a) Que en los criterios de mérito descritos en los párrafos 19(a), 196(b), 19(c), 19(d) y 19(e), haya obtenido una puntuación equivalente al menos al 55% de la puntuación lograda por el proyecto mejor calificado en ese criterio. (b) Que haya obtenido una calificación total que sea igual o superior al 55% de la calificación obtenida por la propuesta con el más alto puntaje total. 23. Dentro de este grupo de proyecto, se buscará que los recursos del Fondo se asignen en estricto orden de calificación, hasta agotar los recursos disponibles en el Fondo para el Concurso. 24. El Consejo podrá omitir el criterio de prelación según puntaje total para buscar un mejor equilibrio entre las diferentes zonas geográficas de América Latina y el Caribe[1] y para favorecer la inclusión de Organizaciones Rurales y Organizaciones Sociales. El Consejo podrá hacer efectiva esta atribución siempre y cuando la diferencia en la calificación total entre los dos o más proyectos sujetos a discusión en la etapa de selección, sea igual o inferior a 20 puntos. XI. INFORMACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL CONCURSO25. Terminado el proceso de evaluación y adjudicación, el Grupo publicará en su Sitio Web el título, país de procedencia e institución Coordinadora de todos los proyectos que se hayan recibido en conformidad dentro de los plazos del concurso. Se identificarán los proyectos ganadores del concurso y publicará su contenido en el sitio. Dentro de un plazo de 30 días a partir del anuncio público de los resultados del Concurso, los representantes de las Organizaciones Coordinadoras podrán solicitar al Grupo copias de las fichas de evaluación de sus respectivos proyectos. Se deja expresa constancia de que el Grupo no dará explicaciones o informaciones adicionales más allá de los argumentos que hayan sido consignados por escrito en dichas fichas por los evaluadores. XII. CONTRATOS26. Para la ejecución del proyecto, se firmará un contrato entre Rimisp y la organización coordinadora, la que será totalmente responsable del cumplimiento del contrato. 27. Rimisp transferirá los fondos en dólares de Estados Unidos a la cuenta bancaria de la organización contratante, a la tasa de cambio del día hábil anterior a la fecha en que se efectúe la transferencia. Rimisp transferirá el 40% de la donación total en un plazo máximo de siete días hábiles después de la firma del contrato. Un 30% adicional se transferirá después de la recepción y aceptación en conformidad del Informe de Avance. El 30% final será transferido después de recibir y aceptar en conformidad los Informes Financieros y Técnicos Finales. 28. Los riesgos inherentes a las fluctuaciones en las tasas de cambio entre el Euro y el Dólar Canadiense (monedas en que se han establecido las donaciones de IDRC y de ICCO que permiten constituir el Fondo), el dólar USA (moneda en que opera el Fondo, y en la que Rimisp transferirá los fondos a las Organizaciones Coordinadoras de cada proyecto), y las diferentes monedas locales en que operen los participantes de cada proyecto, serán de entera responsabilidad de las instituciones participantes en cada proyecto. Ni Rimisp, ni el Grupo, ni IDRC ni ICCO, asumirán o financiarán las pérdidas que se puedan derivar de las fluctuaciones cambiarias. XIII. INFORMES29. Durante el séptimo mes tras la firma del Contrato, la Organización Coordinadora presentará a Rimisp un breve informe narrativo (máximo 10 páginas), en que se dará cuenta de los primeros seis meses del proyecto, en términos de: (i) los principales ajustes de la propuesta a partir de la inclusión de las preguntas comunes surgidas en el taller de coordinadores, (ii) definición y justificación del eje de sistematización, (iii) definición de hipótesis explícitas y/o de trabajo, (iv) avance de la reconstrucción del proceso (si ha llegado a este nivel), (v) las actividades programadas y realizadas, (vi) las actividades programadas y no realizadas o demoradas, (vii) los principales problemas que se pudieran haber presentado y cómo se han resuelto, (viii) las principales acciones previstas para los próximos seis meses, y (ix) una breve reflexión acerca del desarrollo del proyecto. 30. Al término del proyecto y a más tardar el 15 de enero 2007, la Organización Coordinadora presentará a Rimisp un Informe Financiero, firmado por el Representante Legal y por el Responsable de las Finanzas o la Contabilidad. El Informe Financiero se presentará en un formato estándar definido por Rimisp, que será comunicado antes de la firma del Contrato. 31. Al término del proyecto y a más tardar el 31 de diciembre 2006, la Organización Coordinadora presentará a Rimisp un Informe Técnico Final, el cual tendrá la forma de uno o más artículos publicables en alguna revista especializada. Las instrucciones de formato para la preparación de estos Artículos serán publicadas en el Sitio Web del Grupo, a más tardar con cuatro meses de anticipación a la fecha de presentación de los informes. Los artículos finales podrán ser rechazados si este formato no se respeta. XIV. ACTIVIDADES POSTERIORES A LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS32. Tras la recepción de los informes técnicos finales (artículos), se organizará un proceso de análisis comparativo de los resultados de los distintos proyectos, con miras a obtener y documentar resultados, conclusiones y recomendaciones generales, es decir, que son aplicables a un universo más amplio que aquel analizado en cada proyecto por separado. Las Organizaciones Coordinadoras y Co-ejecutoras de los proyectos apoyados por el Grupo, se comprometen y obligan a participar en estas actividades de análisis comparativo y a aportar el tiempo necesario de su personal dentro de un límite prudente. 33. Al término del análisis comparativo, el Grupo diseñará y llevará a cabo un proceso de comunicación estratégica de los resultados de cada Concurso. El objetivo es que los tomadores de decisiones con un interés particular en el tema de cada Concurso, accedan a los resultados. Las Organizaciones Coordinadoras y Co-ejecutoras se comprometen y obligan a permitir al Grupo el uso gratuito de los informes parciales y finales, de los artículos, y de todo otro producto intermedio o final generado por su proyecto. XV. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DURANTE EL CONCURSO34. El Consejo del Grupo será responsable de la dirección y supervisión de todo el proceso establecido en este Reglamento. Específicamente, aprobará cualquier modificación al presente Reglamento, garantizará la idoneidad y objetividad del proceso de calificación y selección, y aplicará los criterios de adjudicación para decidir cuáles son los proyectos que serán co-financiados por el Fondo. 35. Todas las decisiones que el Consejo del Grupo adopte en cualquier momento del proceso general de recepción, revisión, preselección, evaluación, selección o contratación de los proyectos de investigación, o durante la revisión y aceptación de los informes Financieros y Técnicos parciales y finales, serán definitivas y no estarán sujetas a apelación o revisión adicional. El Consejo no está obligado a justificar sus decisiones. XVI. REGLAS GENERALES36. Toda la documentación y comunicaciones oficiales del programa, se publicarán en Internet a través del sitio web cuya dirección (URL) es www.grupochorlavi.org. Se recomienda a los participantes e interesados, que en forma periódica revisen este sitio web para informarse sobre la marcha del programa y sobre eventuales decisiones que pudieran modificar lo establecido en el presente documento. Las modificaciones que se publiquen en el sitio web entrarán en vigencia desde el momento de su publicación electrónica. 37. Cualquier situación no cubierta adecuadamente en esta Convocatoria será resuelta por el Consejo del Grupo. 38. Durante la implementación de los proyectos, o después de recibidos los informes finales técnicos y financieros, personal de Rimisp y los miembros del Consejo del Grupo, o sus representantes, podrán visitar a las instituciones responsables de los proyectos, para analizar con ellas la marcha de los mismos. 39. Los artículos que se entreguen al Grupo en cumplimiento del requisito sobre informes técnicos finales, serán editados, publicados, impresos y distribuidos por el Grupo o por terceros con quienes se convenga tal edición, publicación o distribución. También serán publicados electrónicamente en Internet. La distribución se hará sin fines de lucro. El Grupo reconocerá legal y formalmente la autoría intelectual individual e institucional de tales documentos, de acuerdo con los estándares internacionales convencionales. El Grupo se reserva el derecho de publicar tales documentos durante el plazo de 12 meses a contar de su recepción en conformidad; pasado este período, los autores quedarán en libertad de acción respecto de otras oportunidades de publicar tales textos. XVII. DIRECCIÓN PARA COMUNICACIONES40. Todas las comunicaciones dirigidas al Fondo, incluyendo las propuestas (documento-proyecto, anexos del documento-proyecto y cartas de compromiso), se deben enviar a: Fondo
Mink'a de Chorlaví 41.Todas las informaciones que el Fondo deba remitir a los interesados, postulantes o público en general, se publicarán en el Sitio Web cuyo URL es www.GrupoChorlavi.org. [1] Para estos efectos, se consideran como regiones las siguientes: (i) México y Centro América (incluye Panamá), (ii) el Caribe, Belice, Surinam y Guyana, (iii) Región Andina (Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia), (iv) Cono Sur (Brasil, Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay). |
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